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 Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad

Producción de textos, entrevistas y fotos: Revista Don Orione
Publicado en edición Nº45 de Revista Don Orione / Diciembre 2008


 

Por Germán Cornejo

Padre Pablo MoleroEl Padre Pablo Molero es el responsable de la Comisión de Personas con Discapacidad de la Arquidiócesis de Buenos Aires y miembro del Foro Permanente para la Promoción y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Foro Pro).
Desde su fundación en 1997, este organismo viene desarrollando una intensa lucha por los derechos y la equiparación de oportunidades.
En esta entrevista presenta los desafíos y compromisos que la sociedad argentina tiene que asumir, a partir de la entrada en vigencia de esta actual normativa.

¿Qué es y de qué se trata la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad?
Antes que nada, una convención internacional es como “una ley internacional” que dictan los países integrantes de las Naciones Unidas. A su vez los estados se obligan a cumplirla. En este caso particular, la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad marca una continuidad en la manera que ese organismo internacional viene trabajando con respecto al derecho de las minorías. Se dictaron normas para proteger los derechos de los niños, de las mujeres y ahora también de los discapacitados. En realidad, la Declaración de los Derechos Humanos de todas las personas debería alcanzar por sí sola, porque los discapacitados, las mujeres o los niños, antes que nada son seres humanos. Pero muchas veces la realidad cotidiana hace que las leyes queden obsoletas.

En líneas generales, ¿de qué habla la Convención?

La mirada de la Convención está muy centrada en la autodeterminación de las personas con discapacidad, lo que significa un importante punto de partida para que ejercer por sí mismos, los derechos que le son propios. De hecho, según se sabe, más de la mitad del texto de la Convención fue directamente realizado por personas con discapacidad.

¿Qué implicancias tiene esta cuestión de la autodeterminación?
Este punto generó discusiones en la elaboración porque, si bien había países que aceptaban que las personas tenían derechos, a la vez ponían en discusión que tuviesen la capacidad jurídica para ejercerlos, con lo cual les estaban quitando protagonismo. Lo que se está marcando ahora es un cambio frente a viejas legislaciones como el Código Civil argentino, cuya primera redacción data del siglo XIX y que incluso, tenía expresiones discriminativas.
Tradicionalmente, se ha visto la discapacidad como algo que la persona lleva sobre sus espaldas que la empobrece y lastima. Se suele llamar “discapacitado” a quien tiene una deficiencia. Y la verdad que hoy, en los parámetros modernos y de conciencia que tenemos, es necesario dejar en claro que lo que de verdad produce incapacidad o discapacidad, es la adecuación al entorno en que se vive, la mirada de la sociedad.

¿Entonces, existe una responsabilidad social en la discapacidad?
Claro, y es el Estado el primer responsable en hacer cumplir los derechos de las personas con discapacidad, al igual que lo que debería suceder con el resto de los ciudadanos, es decir, velar por el derecho a la salud, a la educación, a la libre circulación, a la necesaria adaptación del lenguaje, etc.
Por supuesto que esto plantea también un problema a la sociedad, porque no hay una clara exigencia social para que se respete a las personas con discapacidad. Si preguntáramos, por ejemplo, si las personas con discapacidad tienen derecho a viajar en colectivo, todos responderían que sí. Pero después, en la práctica, si no están dadas las condiciones, es imposible acceder a ese derecho, y esto pasa todos los días. El tema es que como los demás seguimos viajando, no terminamos de hacernos cargo, ni asumimos el problema. Y así, una minoría queda olvidada, sin una participación real y concreta.

Pero entonces, ¿la Convención es insuficiente para encarar este problema?

Lógicamente, la Convención por sí sola no va a resolvernos el problema. Pero sí es cierto, que se trata de una herramienta muy importante, ya que cuando los derechos no sean respetados, las personas mismas pueden hacer presentaciones para hacerlos valer.
En nuestro caso, la Argentina no solamente admitió la Declaración, sino que además firmó el Protocolo Facultativo que habilita a las personas para hacer sus denuncias directamente ante Naciones Unidas.

¿Ya tiene jerarquía constitucional?
Todavía no. Hay algunas confusiones con este tema porque, más allá de la aprobación de la Convención y el Protocolo Facultativo -que en Argentina realizó el Congreso a través de la Ley 26.378-, se necesita la sanción de una nueva ley con el voto de las tres cuartas partes de los senadores, para que sea declarada “con rango constitucional”. En junio de 2008 se presentó el proyecto de ley en el Senado, así que estamos a la espera de que salga pronto.

Por último, ¿qué cosas nos podría aportar en concreto esta Convención?
Esta normativa nos va a ayudar a salir de la apatía que vivimos frente a este tema. Va a servir para hacer importantes cambios en todos los ámbitos, en la posibilidad de la educación, de la vivienda, la salud. Podríamos contar con mejor capacitación, con programas de prevención de la discapacidad, con un acompañamiento serio a las futuras madres, para que reciban el cuidado y la alimentación que corresponde.
Este documento hizo posible una gran participación y acuerdos generados a partir del diálogo y del reconocimiento del otro. Así que, ahora nos toca trabajar para que estos derechos no queden nada más en un papel y sean una realidad.

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